Los trabajadores a quienes se les hicieron extensivos los beneficios del convenio colec…
Dictamen · Dirección del Trabajo · 1998
Resumen
Los trabajadores a quienes se les hicieron extensivos los beneficios del convenio colectivo suscrito directamente entre el empleador panificador y sus dependientes, no se encuentran obligados a efectuar en favor del Sindicato Interempresa de Trabajadores Panificadores de Arica el aporte previsto en el artículo 346 del Código del Trabajo.
Normas citadas
Código del Trabajo
Artículo 346 del Código del Trabajo
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