Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Isla de Maipo, ordenando la entrega de información relacionada con el viaje del alcalde a Puerto Montt, en el marco de la Escuela de Seguridad Municipal de la Asociación Chilena de Municipalidades, entre otros. Lo anterior, por cuanto se trata de información respecto de la cual se desestimó la causal de reserva o secreto de afectación a las funciones de la reclamada. En virtud del principio de divisibilidad consagrado en la Ley de Transparencia, se deberán tarjar los datos personales de contexto, que allí se contengan, ello en conformidad con lo dispuesto en la Ley sobre Protección de la Vida Privada. Con todo, en el evento de que dicha información no obre en poder del órgano reclamado, deberá informar de ello de modo circunstanciado, tanto a la reclamante como a esta Corporación.