Resumen del criterio jurisprudencial
La Fiscalía Nacional Económica (FNE) dedujo un requerimiento contra varias navieras por infringir el artículo 3° del D.L. N° 211, al adoptar acuerdos de asignación de cuentas de transporte marítimo de vehículos con destino a Chile. Las empresas se coordinaban para respetar las cuentas titulares, ofertando más alto, absteniéndose de ofertar u ofertando en condiciones menos atractivas. La FNE investigó desde 2012, y CSAV y NYK se acogieron al programa de delación compensada, obteniendo exención y reducción de multas respectivamente. El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia acogió el requerimiento, considerando que los acuerdos constituían un cartel de asignación de mercado. En cuanto a las multas, la mayoría aplicó la ley vigente al momento de los hechos, mientras que una prevención disidente sostuvo que debía evitarse la retroactividad de la ley más estricta, proponiendo un cálculo fraccionado.