Resumen del criterio jurisprudencial
El Segundo Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana declaró inadmisible el reclamo presentado por Constructora Noval Limitada en contra de la Resolución Ex. N° de fecha 26 de febrero de 2018. El tribunal sostuvo que dicha resolución no es un acto administrativo reclamable conforme al artículo 124 del Código Tributario, ya que resuelve una Revisión de la actuación fiscalizadora y se sujeta a la Ley N° 19.880, incompatible con el procedimiento general de reclamaciones tributarias. En consecuencia, se declaró inadmisible el reclamo y se ordenó notificar a la parte reclamante mediante carta certificada según el artículo 131 bis del Código Tributario.