Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal tributario y aduanero acogió parcialmente reclamo interpuesto por farmacéutica valdur ltda., donde se dedujo reclamo en procedimiento especial del artículo 165 del código tributario en contra de una infracción cursada por el servicio de impuestos internos, prevista en el artículo 97 n°10 del mismo cuerpo legal, fundada en la falta de otorgamiento de boletas, según notificación de infracción n°1455770 de fecha 11.11.2024 por $31.870. la reclamante alegó que la omisión de los documentos obedeció a fallas del sistema informático utilizado por la franquicia a la que pertenece, las que habrían impedido la entrega de los documentos tributarios a los clientes. el servicio sostuvo que la infracción fue constatada directamente por sus fiscalizadores y que las operaciones se realizaron sin la correspondiente emisión y entrega de boletas. el tribunal rechazó la alegación de nulidad del acto administrativo, estimando que el error contenido en el reverso del formulario f3294 no constituía un vicio esencial, y en cuanto al fondo, concluyó que la falla informática acreditada, justificaba únicamente la operación del 21.10.2024 ($12.000), por corresponder al período en que el sistema presentaba problemas, dejando sin efecto esa parte de la denuncia. sin embargo, respecto de la venta del 11.11.2024 ($19.870), se consideró que no se acreditó, ni la emisión ni la entrega de la boleta correspondiente, manteniendo la infracción del artículo 97 n°10 del código tributario. en consecuencia, se acogió parcialmente el reclamo, confirmando sólo una de las infracciones y aplicando la multa mínima legal de 2 utm y la clausura del establecimiento por un día. la sentencia no fue apelada y se encuentra firme y ejecutoriada.