Resumen del criterio jurisprudencial
La recurrente, de nacionalidad boliviana, solicitó carta de nacionalización el 4 de abril de 2023. El Servicio Nacional de Migraciones remitió los antecedentes al Ministerio del Interior, pero no se emitió el decreto terminal. Transcurrieron más de tres años sin respuesta. La recurrente interpuso recurso de protección por omisión ilegal y arbitraria, alegando vulneración de la igualdad ante la ley. La Corte rechazó el recurso, considerando que la carta de nacionalización es una gracia y no un derecho indubitado, y que la recurrente cuenta con residencia definitiva, por lo que no se acredita perjuicio constitucional. Se desestimó la existencia de una omisión ilegal o arbitraria.