Resumen del criterio jurisprudencial
Nicolás Ezequiel Jauregui Lorda demandó a Huawei Tech Investment Co. LTD. por daño moral y punitivo alegando haber sufrido trato indigno al esperar durante una noche para adquirir un celular a precio rebajado en el marco de una campaña promocional. El juez de primera instancia rechazó la demanda por falta de acreditación de los daños y la responsabilidad de la demandada. La Cámara Comercial confirmó la sentencia de primera instancia, considerando que el actor no había rendido prueba suficiente para acreditar los hechos que sustentaban su pretensión, más allá de recortes periodísticos que solo demostraban que el evento se había llevado a cabo. La demandada acreditó mediante constatación notarial que había puesto a disposición las bases y condiciones de la oferta en su página web.