Resumen
El estudiante D.Y.J.G. agredió físicamente a un compañero propinándole un golpe de puño en la nuca y luego intentó atacarlo con un fierro con tornillos a la salida del colegio. El establecimiento educacional activó sus protocolos, recopiló declaraciones y realizó un consejo de profesores, constatando que la apoderada reconoció los hechos pero no ejerció la reconsideración interna. La directora del establecimiento decidió la expulsión del alumno al calificar los hechos como falta gravísima que afecta gravemente la convivencia escolar. La apoderada interpuso un recurso de protección alegando ilegalidad y arbitrariedad en el acto de expulsión. La Corte de Apelaciones de Rancagua acogió la acción en mayo de 2026, pero la Corte Suprema revocó dicha sentencia. El máximo tribunal concluyó que la recurrida actuó conforme a la ley y el reglamento interno, con procedimiento justo, por lo que rechazó el recurso de protección.