Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Copiapó acogió el recurso de nulidad interpuesto contra la sentencia condenatoria por calumnias dictada el 22 de abril de 2025. El tribunal de origen condenó a la querellada a 300 días de reclusión menor, multa de 8 UTM y suspensión de cargo público. La Corte anuló la sentencia y el juicio oral por vulneración del principio de congruencia, específicamente por falta de coherencia entre los hechos acusados y la sentencia dictada. Se ordenó la realización de un nuevo juicio oral ante tribunal no inhabilitado. La decisión se fundamentó en las causales previstas en los artículos 374 letra f) y 373 letra b) del Código Procesal Penal.