Resumen del criterio jurisprudencial
El contribuyente Alfredo Zelaya Etchegaray reclamó contra la Liquidación N°115000000819 del Servicio de Impuestos Internos por el Impuesto Global Complementario del año tributario 2011. Alegó que la liquidación incumplía formalidades al no haber sido citado previamente, y que procedían créditos por impuesto territorial y deducciones por ingresos de capitales mobiliarios y venta de acciones. El SII sostuvo que el contribuyente no declaró el arrendamiento de inmuebles como giro y no respondió a las observaciones. El tribunal rechazó el reclamo, confirmando la liquidación, por considerar que el contribuyente no acreditó los créditos y deducciones reclamados, y que el procedimiento de liquidación fue válido. Se ordenó el cumplimiento administrativo y cada parte pagó sus costas.