Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Municipalidad de Quilicura, ordenándose la entrega de “información del año 2024 de su Unidad de Atención Primaria Oftalmológica (UAPO) comunal lo siguiente: - Con temporalidad mensual, detallar porcentaje de ocupación efectiva de agenda disponible para examen Retinografía (sinónimo=Fondo de Ojo) - Con temporalidad mensual, y en relación a la solicitud anterior, por favor detallar: 1) Cuantos cupos disponibles tienen para el referido examen, 2) Cuantos de estos son agendados, 3) Cuantos son utilizados efectivamente, 4) Cuantos son agendados por no ocupados por "No Se Presenta"(NSP), 5) Cuantos no son agendados y quedan disponibles”. Lo anterior, por tratarse de antecedentes de naturaleza pública conforme lo dispuesto en la Ley de Transparencia que obran en poder del organismo, respecto de los cuales se advierte que la respuesta entregada por el organismo no permite satisfacer el requerimiento de acceso formulado.