Resumen del criterio jurisprudencial
La Unión Temporal de Proveedores conformada por Ingeniería en Blindaje Ltda. y Yerpun Logistics SpA interpuso acción de impugnación contra la Dirección General de Aeronáutica Civil por la adjudicación de la licitación pública ID N°2563-27-LR24 a Comercial Raptor SpA. La demandante alegó que la adjudicataria presentó un informe de ensayo balístico de vidrio con restricciones de difusión sin autorización de su titular AGP de Colombia S.A., omitiendo leyendas de propiedad en la versión traducida. Sostuvo la vulneración de los principios de estricta sujeción a las bases, igualdad de oferentes y normas constitucionales y de la Ley N°19.886. Solicitó la nulidad del Informe de Evaluación Técnica-Económica y de la Resolución Exenta N°1.874, así como retrotraer el procedimiento a la etapa de evaluación. El tribunal requirió que la demanda fuera presentada por la entidad que formuló la oferta, cumpliéndose mediante la Unión Temporal de Proveedores. Finalmente, la sentencia rechazó en todas sus partes la acción, declarando ajustados a derecho los actos de la DGAC, y condenó a cada parte al pago de sus propias costas.