Resumen del criterio jurisprudencial
Declaración de salud incompatible de exfuncionario de la Policía de Investigaciones se ajustó a derecho. La autoridad de dicha institución policial deberá, en lo sucesivo, requerir a la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez la evaluación a que hace referencia el artículo 151, inciso tercero, de la ley N° 18.834.