Administrativo

1) Rechazar la petición de las empresas.

Resumen del criterio jurisprudencial

1) Rechazar la petición de las empresas. 2) Rechazar la petición de la empresa. 3) a) Reemplazar el literal a) del séptimo párrafo del acápite a) Estructura y Costos de Personal del numeral 3.4 del Capítulo II de las Bases, por el siguiente: "Deberá determinar fundadamente el estadígrafo representativo de cada cargo en base a información de empresas de similares características. Las empresas de similares características corresponderán al subconjunto de empresas cuyos tamaños sean semejantes a la empresa eficiente desde el punto de vista del volumen de ventas y que se desenvuelvan en el mismo mercado u otros equivalentes que permitan obtener una muestra representativa de… 4) Materia 1. Metodología para la determinación de la asignación del pago de los generadores. Rechazar la petición de la empresa. Materia 2. Determinación del costo de proyecto de conexión directa al sistema troncal. Modificar el antepenúltimo párrafo del numeral 3.6 del Capítulo II de las Bases Definitivas por el siguiente: “Para la determinación de los costos de conexión directa, el Consultor sólo podrá considerar las Centrales que posean proyectos de conexión directa al sistema troncal efectivamente presupuestados en el horizonte de tarificación. Se considerarán como efectivamente… 5) Rechazar la petición de las empresas. 6) Rechazar la petición de la empresa. 7) Eliminar del Capítulo II de las Bases Definitivas el numeral 4.5 denominado “DE LAS ECONOMÍAS DE ÁMBITO Y ESCALA”. 8) Rechazar la petición de la empresa. 9) Materia 1: Rechazar la petición de la empresa. Materia 2: Rechazar la petición de la empresa.

Panel de Expertosenergíadictamen

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.