Resumen
La Contraloría General de la República se pronuncia sobre la procedencia del bono de reconocimiento del artículo 4° de la ley N° 18.458 para un funcionario que, tras haber reliquidado su pensión de retiro en la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, se reincorporó al servicio. El dictamen concluye que no se cumplen las condiciones para emitir dicho bono, ya que las remuneraciones del funcionario, al haber reliquidado su pensión conforme al artículo 177 del DFL N° 1 de 1968, no están afectas a descuentos previsionales de ninguna especie. Además, se ordena a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional regularizar la situación, devolviendo las cotizaciones erróneamente enteradas desde 2009, considerando la prescripción de 5 años del artículo 2.515 del Código Civil.