Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal tributario y aduanero de valparaíso, en procedimiento general de reclamaciones aduanero rechazó el reclamo toda vez que las mercancías importadas a través de la declaración de ingreso materia de esta litis no cumplen con las exigencias necesarias para acreditar el origen conforme a la normativa contenida en el acuerdo de complementación económica (ace) n° 35 suscrito entre chile y mercosur, debido a que las mercancías descritas en el certificado de origen de autos, no resultan coincidentes con la que se individualizan en la respectiva factura comercial.