Administrativo

Artículo de la Ley General de Servicios Eléctricos que regula los permisos municipales.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo de la Ley General de Servicios Eléctricos que regula los permisos municipales. Establece que la solicitud debe publicarse en el Diario Oficial y en un diario de circulación nacional, por cuenta del interesado. La municipalidad resuelve fundadamente, previa consulta a la Superintendencia y, cuando corresponda, autorización de la Dirección Nacional de Fronteras y Límites.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.