Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código de Procedimiento Civil chileno que regula la administración de bienes embargados en juicios ejecutivos. Establece que, mientras el ejecutante no esté completamente reintegrado, las sumas producidas por dichos bienes solo pueden destinarse a créditos declarados preferentes por sentencia firme, y que las costas de la ejecución tienen preferencia incluso sobre el crédito mismo.