ConstitucionalAcoge

Un médico interpuso un recurso de protección contra CAPREDENA por negarse a pagarle el…

Resumen del criterio jurisprudencial

Un médico interpuso un recurso de protección contra CAPREDENA por negarse a pagarle el bono de reconocimiento establecido en la Ley N°18.458, alegando que la negativa era arbitraria e ilegal. CAPREDENA fundamentó su rechazo en el dictamen N°2.741 de 2020 de la Contraloría General de la República, que señala que quienes registran cotizaciones paralelas en CAPREDENA y AFP no tienen derecho al bono. La Corte Suprema, conociendo del recurso, revocó la sentencia de alzada y ordenó a CAPREDENA pagar el bono. El tribunal interpretó que el artículo 4° de la Ley N°18.458 solo exige que el imponente se retire sin pensión de retiro y se haya incorporado al sistema de AFP, sin imponer condiciones sobre el orden de afiliación o la existencia de cotizaciones paralelas. La Corte consideró que el dictamen de la Contraloría no puede restringir lo dispuesto por la ley. El falló contó con el voto en contra del Ministro Jean Pierre Matus, quien estimó que el recurso de protección no era la vía adecuada y que CAPREDENA actuó conforme a un dictamen vinculante.

bono de reconocimientocotizaciones paralelasCAPREDENAAFPrecurso de protecciónseguridad socialprevisióninterpretación legal

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.