Resumen del criterio jurisprudencial
La existencia de un contrato de mandado para que la parte reclamante compre, adquiera y venda un bien raíz por cuenta de la mandante, pero actuando en nombre propio, no basta para tener por justificado el origen de los fondos con que efectuó dicha inversión, si no se aporta otras pruebas que acrediten que los fondos fueron proporcionados por la mandante o que tuvieron otro origen debidamente justificado.