Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de la Ley Indígena chilena que autoriza a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena a recibir bienes raíces o derechos de agua del Fisco u organismos públicos o privados para asignarlos a comunidades o personas indígenas. Las asignaciones pueden ser directas o mediante mecanismos legales específicos, y las donaciones de privados están exentas de impuestos.