Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de la Ley 16.744 sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Establece la obligación del inválido pensionado de someterse a exámenes de reevaluación cada dos años durante los primeros ocho años desde la concesión de la pensión, y la facultad del organismo administrador de exigirlos posteriormente según el reglamento, que también define excepciones.