Resumen del criterio jurisprudencial
Reglamento de migración y extranjería que regula el procedimiento sancionatorio, estableciendo el plazo de diez días hábiles para que el extranjero infractor evacúe descargos tras la notificación, sin exigir asistencia letrada, y permitiendo su realización por medios electrónicos conforme a instrucciones de la autoridad competente.