Civil

Artículo del Código Civil chileno que regula la administración de tutores y curadores s…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código Civil chileno que regula la administración de tutores y curadores sobre los bienes del pupilo, estableciendo que el tutor o curador puede reembolsarse de anticipaciones hechas a beneficio del pupilo con sus intereses, requiriendo autorización de los demás tutores o del juez, y que la posesión de especies que el pupilo le deba se entregue por los otros tutores o por el juez.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.