Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal acoge el acta de denuncia atendido que los antecedentes reunidos en juicio permitieron establecer en forma suficiente la existencia de los hechos constitutivos de los ilícitos denunciados: falsedad de las facturas y su contabilización y declaración; abultamiento de gastos y la devolución indebida de impuestos (97 n° 4 inciso 3 del ct.). además, se estableció que la denunciada tuvo participación maliciosa en los hechos denunciados. las partes no apelaron la sentencia.