Resumen del criterio jurisprudencial
Circular de la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones que determina la tabla de reajustes e intereses penales aplicable a las cotizaciones del Seguro de Cesantía pagadas con retraso entre el 1° y el 31 de agosto de 2005, conforme al artículo 11 de la Ley N° 19.728. La instrucción, de cumplimiento obligatorio para la Sociedad Administradora de Fondos de Cesantía, fija un interés corriente del 12,72% anual y detalla los porcentajes de reajuste, interés y recargo según el mes de