Resumen del criterio jurisprudencial
La Décima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechaza el recurso de nulidad interpuesto por la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa contra la sentencia que acogió la demanda de despido injustificado. El tribunal de primera instancia había condenado a la entidad al pago de indemnizaciones por aviso previo y años de servicio con recargo del 80%. La demandada argumentaba que el error en el domicilio de notificación de la carta de despido no invalidaba la terminación del contrato. La Corte rechaza los argumentos de la recurrente, confirmando que el envío de la carta a domicilio distinto al consignado en el contrato constituye un vicio que torna injustificado el despido.