Resumen del criterio jurisprudencial
Mónica Gissela Chávez Gómez interpuso una reclamación judicial de expulsión contra el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando la nulidad de la Resolución Exenta N° 9366 de 28 de abril de 2026 que ordenó su expulsión y prohibió su ingreso por cinco años. La actora alegó que ingresó al país por un paso no habilitado para proteger su integridad y la de sus hijos, y que posee arraigo familiar, social y laboral en Temuco, incluyendo una hija chilena y varios hijos matriculados en el sistema educativo. El Servicio Nacional de Migraciones sostuvo que la resolución se basó en la causal del artículo 127 N°1 en relación con el artículo 32 N°3 de la Ley N° 21.325, por ingreso clandestino, y que se había ponderado adecuadamente los factores del artículo 129. El tribunal consideró que la autoridad administrativa no tomó en cuenta de forma integral los antecedentes familiares y de arraigo, vulnerando el requisito de motivación y la ponderación exigida por el artículo 129. En consecuencia, se declaró un vicio de legalidad y se acogió la reclamación, dejando sin efecto la resolución impugnada y ordenando retrotraer el procedimiento para que la parte interesada aporte los antecedentes faltantes. No se pronunció sobre la procedencia o improcedencia de la medida de expulsión, limitándose a restablecer la regularidad del procedimiento.