Administrativo

Docentes reconocidos en los tramos experto I o II, tienen derecho a presentar la renunc…

Resumen del criterio jurisprudencial

Docentes reconocidos en los tramos experto I o II, tienen derecho a presentar la renuncia anticipada regulada en el artículo 70, inciso decimoprimero, de la ley N° 19.070, a fin de acceder a la indemnización del artículo 73 de ese cuerpo estatutario.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.