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Artículo de la Ley 20.720 que regula la ausencia del deudor en la junta de acreedores.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo de la Ley 20.720 que regula la ausencia del deudor en la junta de acreedores. Establece que si el deudor no comparece, el tribunal debe dictar la resolución de liquidación en la misma junta. Norma de derecho concursal sobre reorganización y liquidación.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.