Resumen del criterio jurisprudencial
Disposición del Código Civil que establece reglas generales sobre la constitución de sociedades. Prohíbe las sociedades a título universal, sea de bienes presentes y venideros, o de ganancias, con excepción de estas últimas entre cónyuges. Permite la formación de sociedades sobre bienes determinados, siempre que se especifiquen.