Aduanero

Dictamen del Servicio Nacional de Aduanas que clasifica arancelariamente los troncos de…

Resumen del criterio jurisprudencial

Dictamen del Servicio Nacional de Aduanas que clasifica arancelariamente los troncos de coigüe en bruto, para aserrar y hacer chapas, en la partida 4403.9910 del Arancel Aduanero. Define que estos troncos corresponden a madera en bruto (no aserrada longitudinalmente) y no a madera aserrada de la partida 44.07.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.