Libre competencia

Artículo 16 del DL 211, sobre defensa de la libre competencia, que regula la subrogació…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo 16 del DL 211, sobre defensa de la libre competencia, que regula la subrogación del Secretario del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en caso de ausencia o impedimento, estableciendo el orden de reemplazo por los Relatores según su grado y la obligación del subrogante de prestar juramento ante el Presidente del Tribunal.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.