Resumen del criterio jurisprudencial
Un aspecto que merece especial atención en la Ley N° 21.730 es la preservación de facultades para los Delegados Presidenciales Regionales y Provinciales (regulados en la Ley N° 19.175), particularmente la potestad de "requerir el auxilio de la fuerza pública" que estos funcionarios conservan y pueden ejercer sea a través de los Secretarios Regionales Ministeriales o los Directores Provinciales de Seguridad Pública.