Seguridad social

Seguridad social: Financiamiento cotización adicional diferenciada exclusión

Resumen del criterio jurisprudencial

El artículo 2° del D.S. Nº 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, define siniestralidad efectiva como las incapacidades y muertes provocadas por accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, quedando excluidas expresamente aquellas originadas por accidentes de trayecto.

Financiamiento cotización adicional diferenciada exclusión

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.