Resumen del criterio jurisprudencial
Se interpuso recurso de protección en favor de María José Sulez Quiñonez contra el Servicio Nacional de Migraciones por la omisión de dictar y notificar una resolución sobre su solicitud de Ratificación de Residencia Temporal Otorgada, presentada el 20 de agosto de 2025. La recurrente alegó que la demora excedía el plazo de seis meses establecido en la Ley N°19.880 y vulneraba su derecho a la igualdad ante la ley. La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó el recurso, considerando que la omisión no era ilegal ni arbitraria, pues el procedimiento administrativo aún se encontraba en curso. Además, señaló que no se acreditó la vulneración de derechos fundamentales y que acoger el recurso podría afectar el principio de igualdad respecto de otros solicitantes. En consecuencia, se rechazó el recurso sin costas.