Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge parcialmente el amparo deducido en contra del Servicio de Evaluación Ambiental, ordenándose la entrega de las hojas de vida de los funcionarios consultados, previa reserva de los datos personales y sensibles de contexto. Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública, respecto de la cual se desestimó la concurrencia de la causal de reserva de distracción indebida alegada por el órgano. Además, la solicitud de subsanación del órgano es improcedente. Aplica criterio contenido en las decisiones de amparos roles C1727-24, C1533-25, C1534-25, C4109-25 y C7472-25. Por otra parte, se rechaza el amparo respecto a la entrega de información relativa sumarios administrativos seguidos en contra de las personas individualizadas, no finalizados, por concurrir la causal de reserva del artículo 21 N°1 letra b) de la Ley de Transparencia y lo previsto en el artículo 137 inciso 2° del Estatuto Administrativo.