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El tribunal descartó que Isapre Consalud actuara de forma ilegal o arbitraria y sostuvo…

Resumen del criterio jurisprudencial

El tribunal descartó que Isapre Consalud actuara de forma ilegal o arbitraria y sostuvo que el ajuste fue informado y calculado conforme al marco regulatorio fiscalizado por la Superintendencia de Salud.

La Corte de Concepción rechazó el recurso contra el alza del precio GES aplicada por Isapre Consalud.El tribunal descartó la extemporaneidad porque los efectos del cobro se producen mensualmente.La sentencia consideró que el ajuste fue sometido al proceso de verificación de la Superintendencia de Salud.El rechazo fue sin costas y quedó registrado bajo el rol N°2.185-2026.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.