Resumen del criterio jurisprudencial
Ley de propiedad industrial que regula la Protección Suplementaria para patentes de productos farmacéuticos. Establece que, otorgado el registro sanitario, el titular puede solicitar una extensión del plazo de la patente por el período de demora injustificada en la obtención de dicho registro, siempre que el registro se haya otorgado después de un año desde la solicitud de patente.