Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Europea de Derechos Humanos rechaza la demanda de tres nacionales de Bosnia y Herzegovina contra Eslovenia por su incapacidad de recuperar ahorros en moneda extranjera depositados en la sucursal de Sarajevo del Banco Ljubljana. Los demandantes argumentaban violación del Artículo 1 del Protocolo 1 de la Convención. La Corte determinó que Eslovenia no es responsable, ya que la legislación aplicable fue promulgada conforme al precedente Ališić y Others. El tribunal consideró que las circunstancias fácticas y legales diferían significativamente del caso Ališić, particularmente respecto a la transferencia de reclamaciones. La decisión fue unánime y se basó en que la responsabilidad por los ahorros fue asumida por el banco bosnio-herzegovino.