Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo interpuesto en contra del Servicio Nacional de Migraciones, ordenándose la entrega de información estadística relacionada con los tiempos promedios que se registran en la realización de los trámites migratorios que señala, dentro de los últimos 12 meses, con el desglose que indica. Lo anterior, por cuanto, se trata de información estadística, de naturaleza pública conforme el artículo 8°, inciso segundo de la Constitución Política de la República y a los artículos 5° y 10 de la Ley de Transparencia, que debiera obrar en poder del organismo requerido y, respecto de la cual no se alegaron ni advirtieron causales de reserva que haya sido necesario ponderar.