Resumen del criterio jurisprudencial
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 123 de la ordenanza de aduanas, se tiene por no presentada la reclamación puesto que no se acompaña acta de audiencia respecto de la multa que se reclama.
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 123 de la ordenanza de aduanas, se tiene por no presentada la reclamación puesto que no se acompaña acta de audiencia respecto de la multa que se reclama.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.