Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de la Ley General de Urbanismo y Construcciones que regula un trámite previo a la recepción de obras. Establece que el Servicio respectivo debe informar a la Dirección de Obras Municipales sobre el cumplimiento de las obligaciones del artículo 70 y, en su caso, las mitigaciones directas reguladas en el capítulo II del título V.