Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Civil chileno que regula a quién debe hacerse el pago de una obligación. Establece que, si se estipuló pagar al acreedor o a un tercero, el pago a cualquiera de ellos es válido, y el acreedor solo puede prohibirlo si previamente demandó judicialmente al deudor o acredita un motivo justificado.