Resumen del criterio jurisprudencial
Se tuvo por no presentado el reclamo al no cumplir con lo establecido en el artículo 125 n° 1, 2, 3 y 4 del código tributario.
Se tuvo por no presentado el reclamo al no cumplir con lo establecido en el artículo 125 n° 1, 2, 3 y 4 del código tributario.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.