Administrativo

Artículo de ley que establece que el procedimiento administrativo no podrá exceder de 6…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo de ley que establece que el procedimiento administrativo no podrá exceder de 6 meses desde su iniciación hasta la decisión final, salvo caso fortuito o fuerza mayor. Corresponde a la Ley 19.880 sobre bases de los procedimientos administrativos.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.