Comercial

Ley sobre letra de cambio y pagaré.

Resumen del criterio jurisprudencial

Ley sobre letra de cambio y pagaré. Establece que, si se da en pago de una letra un cheque cuyo pago rechaza el banco librado, el protesto puede realizarse dentro de los 30 días siguientes al vencimiento, siempre que consten en la letra los datos del cheque. El plazo se amplía si el banco suspende sus operaciones, y la Superintendencia de Bancos resuelve las dudas sobre su cómputo.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.