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Artículo del Código de Comercio chileno que define el contrato de seguro como la transf…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código de Comercio chileno que define el contrato de seguro como la transferencia de riesgos al asegurador a cambio de una prima, con obligación de indemnizar o pagar prestaciones. Los riesgos pueden recaer sobre bienes, derechos, patrimonio, vida o salud. Excluye seguros sociales, de salud regulados por DFL N°1 de 2006 y accidentes laborales.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.