Civil

Artículo del Código Civil chileno que regula la obligación del comodatario de restituir…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código Civil chileno que regula la obligación del comodatario de restituir la cosa prestada en el tiempo convenido o después del uso. Establece tres excepciones en que el comodante puede exigir la restitución anticipada: muerte del comodatario, necesidad imprevista y urgente del comodante, o término del servicio para el cual se prestó la cosa.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.