Resumen del criterio jurisprudencial
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) solicitó al Segundo Tribunal Ambiental autorización para imponer la medida provisional de detención del funcionamiento de la faena extractiva de áridos ejecutada por la Sociedad de Transportes y Áridos Tulio Enrique Gutiérrez Strange E.I.R.L. en el sector sur de la explanada dunar de Tunquén, comuna de Algarrobo, Región de Valparaíso, por un plazo de 15 días hábiles. La SMA fundamentó su solicitud en que la actividad no había sido evaluada ambientalmente, se realizaba dentro del sitio prioritario de conservación 'Humedal de Tunquén' y a menos de 300 metros del Santuario de la Naturaleza del mismo nombre, y que existía un riesgo inminente de daño ambiental. El tribunal, tras analizar los antecedentes, concluyó que se cumplían los requisitos del artículo 48 letra d) de la LOSMA, especialmente la existencia de un daño inminente a componentes ambientales, por lo que autorizó la medida provisional solicitada.